27/10/20

TEMA 2 LA PLASMACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS LEYES DE LOS ESTADOS 4º ESO Valores ÉTICOS

LOS JUICIOS DE NUREMBERG 






Los Juicios de Núremberg o Procesos de Núremberg (en alemán, Nürnberger Prozesse) fueron un conjunto de procesos jurisdiccionales emprendidos por iniciativa de las naciones aliadas vencedoras al final de la Segunda Guerra Mundial, en los que se determinaron y sancionaron las responsabilidades de dirigentes, funcionarios y colaboradores del régimen nacionalsocialista de Adolf Hitler en los diferentes crímenes y abusos contra la humanidad cometidos en nombre del Tercer Reich Alemán a partir del 1 de septiembre de 1939 hasta la caída del régimen en mayo de 1945. Desarrollados en la ciudad alemana de Núremberg entre el 20 de noviembre de 1945 al 1 de octubre de 1946, el proceso que obtuvo mayor repercusión en la opinión pública mundial fue el conocido como Juicio principal de Núremberg o Juicio de Núremberg, dirigido a partir del 20 de noviembre de 1945 por el Tribunal Militar Internacional (TMI) establecido por la Carta de Londres, en contra de 24 de los principales dirigentes supervivientes del gobierno nazi capturados y de varias de sus principales organizaciones. Otros doce procesos posteriores fueron conducidos por el Tribunal Militar de los Estados Unidos, entre los cuales se encuentran los llamados Juicio de los doctores y Juicio de los jueces. La tipificación de los crímenes y abusos realizada por los tribunales y los fundamentos de su constitución representaron un avance jurídico que sería aprovechado posteriormente por las Naciones Unidas para el desarrollo de una jurisprudencia específica internacional en materia de guerra de agresión, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, así como para la constitución, a partir de 1998, del Tribunal Penal Internacional permanente.







LINEA DE TIEMPO HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS Trabajos de los alumnos

 

LÍNEA DE TIEMPO HISTORIA DE LOS DERECHOS HUMANOS    YOUSSEF ANTAR  4º ESO G 

20/10/20

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

 



La Declaración Universal de Derechos Humanos

La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca un hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III), como un ideal común para todos los pueblos y naciones. La Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero y ha sido traducida a más de 500 idiomas

 

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción. 

Artículo 1.
 

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2.
 

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3.
 

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4.
 

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5.
 

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6.
 

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7.
 

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8.
 

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9.
 

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10.
 

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11.
 

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12.
 

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13.
 

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14.
 

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15.
 

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16.
 

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17.
 

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18.
 

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19.
 

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20.
 

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21.
 

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22.
 

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23.
 

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24.
 

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25.
 

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26.
 

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27.
 

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28.
 

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29.
 

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30.
 

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración

La Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) es un documento que marca un hito en la historia de los derechos humanos.  Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales. La Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero.

 

La Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 durante su 183a sesión plenaria, como un ideal común para todos los pueblos y naciones.




LOS 30 DERECHOS HUMANOS by Youth for Human Rights

16/10/20

CUENTA CONMIGO Adolescencia . La amistad

 










SINOPSIS

Todos los públicos
El final del verano de 1959 se aproxima en Castle Rock, Oregón (Estados Unidos). Un grupo de cuatro amigos de 12 años -Gordie Lachance, Chris Chambers, Teddy Duchamp y Vern Tessio- se dispone emprender un viaje para localizar y ver por primera vez un cadáver. Se trata del cuerpo sin vida de Ray Brower, un muchacho de su edad, cuyo paradero creen conocer a partir de lo oído en una conversación mantenida por unos jóvenes de su localidad. El trayecto se convierte en una aventura que fortalece los lazos de amistad del grupo y les ayuda a sobrellevar sus cuitas. Un proceso de madurez en el que Gordie podrá olvidarse de la desidia con la que le tratan sus padres tras la muerte de su hermano mayor en accidente de tráfico y en el que Chris aprenderá a aceptarse, a pesar de los graves problemas que ha sufrido en casa.
 






15/10/20

4. LA PERSONALIDAD

 

LA PERSONALIDAD 


La personalidad es el conjunto de rasgos que nos definen y nos distinguen de los demás. Nuestra personalidad no es algo innato, es decir, no está definido desde tu nacimiento como característica heredada . A lo largo de la vida, y debido a las múltiples influencias que recibimos de nuestro entorno social y cultural vamos modelando nuestro carácter, nuestra manera peculiar de pensar, sentir y de actuar.

Nuestra personalidad es el producto de la unión de aspectos biológicos o innatos, de aspectos adquiridos socialmente y de otros que decidimos libremente en relación con nuestras experiencias vitales.

A la hora de describir qué es la personalidad tenemos que tener en cuenta tres factores


  • Factores biológicos. El conjunto de características físicas que heredamos de nuestros padres y que procede de nuestro código genético

  • Factores socioculturales (ambiente en el que nos desarrollamos). Es el entorno social en el que crecemos. La influencia que ejerce nuestra familia, la escuela, las personas con las que convivimos.

  • Factor personal. Somos únicos e irrepetibles. Nuestras vivencias son privadas, íntimas y no reaccionamos de la misma forma. Tenemos capacidad de elegir y de pensar







ACTIVIDAD . FACTORES DE LA PERSONALIDAD Indica qué rasgos son producto de tu herencia biológica (B), tu entorno sociocultural (C)y tu libre elección (P). En algunos casos puede ser que se den dos o tres factores

FACTORES DE LA PERSONALIDAD (B+C+P)


El color de tus ojos


Comer con cubiertos


Ver una película en el cine


Hablar en español


Tu inteligencia


Tu estatura


Tus creencias religiosas


Tus emociones


Tus planes para el futuro


Tus amistades


Tu ideología política




LA DIGNIDAD

 

LA DIGNIDAD 






La dignidad, o «cualidad de digno» (del latín: dignĭtas, y que se traduce por «valioso»), hace referencia al valor inherente al ser humano en cuanto ser racional, dotado de libertad y poder creador, pues las personas pueden modelar y mejorar sus vidas mediante la toma de decisiones y el ejercicio de sus libertades  



La dignidad es una cualidad que tienen todas las personas, que las hace valiosas, importantes y respetables por el hecho de ser personas, con independencia de su sexo, cultura, religión… Las personas no son valiosas porque “valgan para algo” sino que son valiosas por el simple hecho de existir. Ser tratados como personas significa, entre otras cosas, ser tratados como alguien insustituible. Todas las personas, ancianos y niños, hombre y mujeres, tiene dignidad y por tanto son valiosas, merecedoras de protección, respeto, ayuda y cuidado.

Que los seres humanos tienen dignidad (“sólo el necio confunde valor y precio”, decía Antonio Machado) significa que la vida humana tiene un valor intrínseco en sí misma, que vale por sí misma. Por eso en todas aquellas situaciones donde la vida humana se desvaloriza y no hay siquiera posibilidad de llevar una vida optima, como en las situaciones de pobreza, exclusión, esclavitud, explotación, etc., se está atentando gravemente contra la dignidad humana.

La dignidad obliga a dos cosas:

a)a respetar la dignidad de los demás (no debo hacer nada que atente contra ella),

y b) a respetar mi propia dignidad (no debo hacer nada que atente contra mi dignidad).Por eso el artículo 1ª de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”



ACTIVIDAD                 LECTURA CON VALORES

 Sobre la dignidad                 Cuento palestino

Un día, un hombre vio a dos niños a las puertas de la escuela. Uno iba ricamente vestido y comía deliciosos buñuelos mientras el segundo , que estaba flaco y vestía harapos, se tenía que dar por satisfecho con un mendrugo de pan. En un momento dado, el niño hambriento le suplicó al otro que dejara probar uno de sus buñuelos.

-Te daré uno – respondió el niño rico-, pero primero tienes que jugar conmigo a ser mi perro.

El niño pobre aceptó. Dejó que le pusiera una cuerda al cuello y que lo arrastrara por todas las partes como un perro de compañía. Incluso lo obligó a ladrar y luego a levantar las patas delanteras para comer el buñuelo.

Otros niños vieron la escena y empezaron a arrojar piedras al niño-perro como se hace con los animales sarnosos. Y el niño pobre regresó a su casa hecho un mar de lágrimas.

El hombre, que había presenciado sus desgracias, se acercó entonces a él.

  • A veces es mejor contentarse con un mendrugo de pan – le dijo-. Si te hubieras mostrado digno, no habrías tenido que soportar este maltrato.


CUESTIONES

  1. ¿Los personajes de está fábula se comportan como personas? ¿Por qué?

  2. Explica lo que es un trato digno e indigno utilizando relacionándolo con lo que se entienden como trato digno o indigno.

  3. ¿Qué hubieras hecho en esta misma situación si fueras el niño rico? ¿Y si fueras el niño pobre?


ACTIVIDAD . TRATAR CON DIGNIDAD A LOS DEMÁS. Busca ejemplos reales en la calle, cuando te relacionas con los demás compañeros , en las noticias que ves en los medios de comunicación ejemplos de trato digno(buen trato y respeto/cuidado a las personas) y de trato indigno (maltrato, humillación, acoso a los demás) que hayas observado en la última semana. Explica brevemente qué es lo que ocurrió y porque lo consideras que es digno o indigno. ¿Qué hiciste/pensaste ?

TRATO DIGNO

TRATO INDIGNO


















14/10/20

4º ESO VALORES ÉTICOS TEMA 1. ¿ Humanos con derechos ?

 


TEMA 1 . 

QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS 




El joven Ali al Nimr, condenado a muerte en el reino saudí. 
9-







Afganistán: mueren 9 trabajadores de MSF en el bombardeo de su hospital en Kunduz

MSF había informado a todas las partes en conflicto de las coordenadas y la ubicación exacta del hospital.

 

MSF condena en los términos más enérgicos posibles el terrible bombardeo de su hospital de Kunduz en un momento en el que éste se encontraba completamente lleno de personal y pacientes. MSF desea aclarar que todas las partes en conflicto, incluidas las autoridades de Kabul y Washington, estaban precisamente informadas de la ubicación exacta (a través de las coordenadas GPS) de todas y cada una de las instalaciones de MSF (hospital, alojamiento de trabajadores, oficina y una unidad de estabilización externa en Chardara, al noroeste de la ciudad). Como MSF hace en todos los contextos de conflicto, estos lugares precisos se comunicaron a todas las partes en múltiples ocasiones durante los últimos meses; la notificación más reciente tuvo lugar el pasado 29 de septiembre.

El bombardeo continuó durante más de 30 minutos después de que funcionarios militares estadounidenses y afganos en Kabul y Washington fueran informados de lo que estaba sucediendo. MSF solicita que se aclare urgentemente qué ha sucedido con exactitud y cómo un hecho tan terrible ha tenido lugar.

 

Actualización sobre las víctimas del bombardeo del hospital

MSF confirma con profunda tristeza la muerte de nueve de sus trabajadores humanitarios a causa del bombardeo la pasada madrugada de su hospital en Kunduz. Así mismo, 37 personas han resultado gravemente heridas en el ataque, de las cuales 19 son personal de MSF. Algunos de los heridos más graves están siendo trasladados para su estabilización a un hospital en Puli Khumri, a 2 horas de distancia. Todavía numerosos pacientes y personal médico en paradero desconocido. Las cifras siguen creciendo a medida que vamos teniendo una imagen más clara de las consecuencias de este horrible bombardeo.

 

 

MSF empezó a trabajar en Afganistán en 1980. En Kunduz, al igual que en el resto de Afganistán, el personal nacional e internacional trabaja de manera conjunta para asegurar la provisión de tratamiento de la mejor calidad. MSF apoya al Ministerio de Salud Pública en el hospital Ahmad Shah Baba en el este de Kabul, la maternidad Dasht-e-Barchi en el oeste de Kabul y el hospital Boost en Lashkar Gah, en la provincia de Helmand. En Khost, en el este del país, MSF gestiona un hospital materno infantil. MSF financia sus proyectos en Afganistán únicamente con fondos privados y no acepta dinero de ningún gobierno.

 

 

 





Osama y Zaid a la salida de su nuevo hogar ubicado en Getafe
Osama y Zaid a la salida de su nuevo hogar ubicado en Getafe - efe

El refugiado sirio: «No perdono a la periodista húngara que me zancadilleó»

Osama Abdul Mohsen reclama justicia por este suceso y asegura que no puede perdonarla porque lo considera «inhumano»

Actualizado:GUARDAR

Incredulidad. Es la palabra que mejor define el estado de Osama Abdul Mohsen, el refugiado sirio que finalmente despertaba ayer en su nuevo hogar ubicado en la calle de Madrid, número 115, en Getafe. El ya vecino de la localidad se levantó tarde, después de una maratoniana travesía que empezó el pasado martes en Múnich, para pasar por Paris, Barcelona y culminar en la capital.

Nada más levantarse, sobre el mediodía, recibía la visita de Miguel Ángel Galán, director del Centro Nacional de Formación de Entrenadores (Cenafe), quién venía de comparecer en rueda prensa, junto al Ayuntamiento de Getafe, para contar algunos detalles de lo que será su nueva vida.

«No perdono a la periodista. Pido justicia porque es inhumano lo que ha hecho»

Una multitud de periodistas aguardaba la salida para recoger las primeras impresiones del refugiado en su vivienda, quien pasadas las 13.30 horas aparecía acompañado de sus dos hijos, de Galán y del improvisado traductor Mohamed Labrouzi, con una amplia sonrisa que maquillaba su aparente cansancio. «Ha sido fantástica mi primera noche aquí. Estoy muy bien, muy feliz, he descansado mucho; me siento mucho mejor», decía en los instantes previos a dejar el gran titular: «No perdono a la periodista húngara. Pido justicia, nada más, porque es inhumano lo que ha hecho», sentenciaba Osama.

Pese a reconocer que aquella zancadilla le ha cambiado la vida y que sin ella seguramente no estaría aquí, hoy sigue sin comprender cómo pudo hacer que tropezara cuando portaba al pequeño Zaid en brazos, al tratar de perderse entre la marea de refugiados sirios. Sobre el resto de su familia, con la que mantiene una constante comunicación, dijo que todavía guarda la esperanza de que pisen Madrid la próxima semana. Asimismo, apuntó que residió dos días en tierras alemanas gracias al altruismo de un nadador profesional que les abrió las puertas de su casa y les brindó todas las facilidades para vivir allí. No se olvidó de agradecer el respaldo de toda la gente desde que pisó España y tampoco quiso olvidarse de su país, Siria, para el que pedía ayuda.

Tarjeta roja provisional

Tras esta nueva y fugaz comparecencia, subía con prontitud en un coche rumbo al restaurante árabe Sultán, en Parla, a las 13.40 horas, para degustar las exquisiteces propias de su tierra de origen. Varias horas más tarde, sobre las 16.30, regresaba a Getafe con la intención de conocer las instalaciones de Cenafe, en la calle de Tarragona, 6, y proseguir con su apretada como imprevista agenda. Durante el trayecto, Miguel confirmaba a ABC la llamada del ministro del Interior, Jorge Fernádez Díaz, ayer por la mañana, para reconocer la labor humana de la escuela deportiva al tiempo que le confirmaba la tramitación de la tarjeta roja provisional, documento que le permite trabajar y residir en España a un asilado, hasta que empiece a regularizar su situación. «En breve nos responderán positivamente para comenzar los trámites de Osama y de su familia», detallaba el director.

«El EI no es el Islam. Los sirios volverán cuando el EI y Al-Assad se marchen»

Una vez pisó las oficinas de la escuela deportiva, dedicó algo más de una hora a atender a los medios de comunicación que allí hacían guardia. Osama Abdul Mohsen no eludió responder a ABC cuando fue preguntado sobre el Estado Islámico: «El EI no es el Islam, no representa al Islam; el Islam es bueno», dijo tajante. «Sus integrantes están matando gente inocente igual que el dictador Bashar Al-Assad. El día que tanto el Estado Islámico como Al-Assad se marchen del país, el pueblo volverá a Siria», detalló el asilado.

Mientras el cabeza de familia atendía amablemente el incesante desfile de la prensa tanto nacional como extranjera, el pequeño Zaid esperaba inquieto y, como loco, hacía algunas filigranas con una pelota. Jugaba, inocente, e intercambiaba pases con Mohamed Labrouzi, en los aledaños de las oficinas. Vestía los colores de su equipo preferido: el Real Madrid, cargado de lusión al conocer la visita que tenían programada sobre las 19.00 horas al estadio Santiago Bernabéu para respirar el verde del coliseo blanco y conocer los múltiples trofeos en primera persona.

Labrouzi certificaba, mientras jugaba con Zaid, otro de los gestos agradables con el pequeño de siete años: «Le han otorgado una beca en la Escuela de fútbol de Getafe. Está como loco por empezar. Hoy, por fin, se calzará las botas».

Mourinho, su ídolo

«Mourinho es el mejor entrenador del mundo. Saca lo mejor de los futbolistas»

Osama se comporta igual de claro y directo cuando se le aborda sobre cuestiones deportivas. Para su referente en los banquillos, el entrenador del Chelsea José Mourinho, únicamente tiene palabras cariñosas: «Mou es el mejor del mundo», cuenta sin pensárselo dos veces. Y argumenta: «El portugués sabe exprimir y sacar el mejor rendimiento a cada jugador».

El refugiado sirio ha entrado por la puerta grande a España. Tras la expectación mundial que ha despertado, todos esperan grandes gestas en el mundo deportivo. Miguel Ángel Galán es uno de sus apoyos más sólidos y sostiene que la escuela ha formado anteriormente a entrenadores extranjeros. También, se muestra confiado en el papel destacado que ocupará el prometedor instructor en el futuro.

En Getafe volverá a respirar fútbol. A sus 51 años tendrá la oportunidad de revivir aquellas tardes de gloria al frente del equipo más importante de Siria, el Al Fotuwa S.C. Este conjunto cuenta con dos títulos y cinco subcampeonatos de la Liga, junto a otras cuatro Copas de Siria.

Pero, tras el estallido de la guerra civil, hizo las maletas y dejó atrás su vida en busca de seguridad para los suyos. «Quiero aprender el idioma para entrenar», cuenta. Su sueño resurge otra vez con fuerza.

LOS DERECHOS HUMANOS SON UNIVERSALES E INALIENABLES